Desconocen habitantes del sur de Sonora sobre promoción de amparos para vacunar a menores

Olivia Paredes

Los habitantes del sur de Sonora desconocen que pueden promover un amparo para vacunar a los menores de edad contra el covid 19; es obligación del Estado brindarles el acceso a todos los servicios de salud, informó el director del Bufete Jurídico Gratuito del campus Navojoa, Manuel Raymundo Valdez Domínguez.

Detalló que a diferencia de Hermosillo, San Luis Río Colorado, Nogales y Cajeme donde ya se registraron solicitudes de amparo para efectos de vacunar a menores, en los municipios de la región del Mayo no se tiene conocimiento de alguna querella, pues los pobladores desconocen el tema.

“La idea entonces es socializar el tema, hablar de la obligación que tiene el Estado de proteger al ciudadano, de brindarle el acceso a todos los servicios de salud, pero a su vez que tenga la libertad el ciudadano de elegir qué es lo que más le conviene para su salud.

“Si el ciudadano elige que lo más conveniente para su salud y con lo que se siente más seguro es estar vacunado, puede hacerlo, pero también puede negarse a hacerlo; por eso deben saber que tienen al alcance un instrumento legal que le va a permitir acceder a esta vacuna para sus hijos menores de edad”, destacó.

Valdez Domínguez explicó que un amparo es un medio de protección constitucional, que se interpone cuando un ciudadano considera que se ha violentado un derecho humano o una garantía constitucional.

“En ese momento la persona puede acudir ante los tribunales federales solicitar la protección de la justicia federal y que ésta obligue a la autoridad que el ciudadano considera que lo está violentando, a cumplir con lo señalado en la Constitución”, indicó.

Sobre el derecho a la salud que tienen los menores de edad, enfatizó que si las autoridades están solicitando el regreso a las aulas, éstas están obligadas a garantizarles un retorno seguro, de acuerdo con los Artículos Cuarto y Primero.

“Los menores de edad a través de sus representantes legales pueden desde luego acudir a este juicio de amparo para efectos de que se obligue a las instituciones de salud para que sean vacunados; hasta el momento el registro que se tiene es que todos los que han promovido estos juicios, se les ha concedido.

“Sin embargo el amparo indirecto no tiene un efecto general, no quiere decir que habiéndose otorgado a uno, se tiene que otorgar a todos, sino que cada menor de edad a través de sus representantes legales tienen que tramitar este procedimiento”, aclaró.