Olivia Paredes
“Hablar de justicia social es hablar de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, es hablar también de los objetivos del milenio de la ONU, de erradicar la pobreza, y de visibilizar y empoderar a las mujeres; entonces el derecho laboral tiene mucho que ver, porque trata que el trabajo sea digno y decente”, enfatizó Lease Edith Yocupicio Magallanes.
La Jueza del Primer Tribunal Laboral del Distrito Judicial de Navojoa precisó, dentro del Día Internacional de la Justicia Social que se conmemora el 20 de febrero, que un trabajo debe ofrecer satisfacción personal, derecho y poder adquisitivo para satisfacer las necesidades de la persona y su familia.
“Hablar también de justicia social es hablar de mujeres, de todos aquellos instrumentos que hablen de una vida libre de violencia; ¿cómo abona el derecho laboral a la justicia social respecto a la cuestión de género?, pues la Ley General del Trabajo permite que las mujeres, por ejemplo, que están embarazadas y han sido despedidas injustificadamente de su trabajo, accedan a providencias cautelares.
“Desde su demanda, ellas pueden solicitar a un Juez Laboral la protección de que no sean separadas de sus servicios de seguridad social; para ello, si lo solicitan, nosotros tenemos que analizar si hay indicios suficientes para considerar que ha sido discriminada”, explicó.
La egresada del campus Navojoa reiteró, a manera de ejemplo, que en caso de un embarazo la Ley permite a los jueces encontrar indicios y ordenar al patrón que la mujer no sea dada de baja de los servicios de seguridad social, y de manera proactiva, el tribunal ordena mediante oficio a la institución de seguridad social que no dé de baja a la persona que pide justicia por ser discriminada.
“La Ley Federal del Trabajo generalmente obliga a las personas justiciables en derecho laboral, cuando son separadas de sus empleos, a acceder primero a la justicia a través del Centro de Conciliación, a través de esa vía, de la paz; sin embargo, cuando hay cuestiones de discriminación en el empleo por cuestiones de género, embarazo o cualquier otro tipo, se permite que esas hipótesis sean excluidas de la exigencia de primero ir al Centro de Conciliación y Arbitraje.
“Es decir, ese tipo de personas acceden directamente a la institución jurisdiccional; eso considero que abona a reducir la brecha de desigualdad social, porque hace más pronta y expedita la justicia al evitar pasar primero por esa área de conciliación”, externó.
Yocupicio Magallanes indicó que, en el caso del Derecho Laboral, las autoridades jurisdiccionales están obligadas a hacer un análisis del asunto con perspectiva de género, utilizando las metodologías que han aportado los máximos tribunales.
“Por ejemplo el protocolo para juzgar con perspectiva de género en materia laboral, que ha sido editado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; en ese sentido, en las tres acciones que ya he mencionado, considero que abonan suficientemente a la justicia social porque permiten el acceso a las mujeres a la justicia sin mayores complicaciones”, añadió.
Por su parte, María del Rosario Molina González, presidenta de la Comisión de Inclusión y Equidad de Género del campus Navojoa, señaló que se debe entender que la justicia social es un principio que busca la igualdad, precisamente de oportunidades y derechos para todas las personas, con el objetivo de reducir desigualdades.
“Tiene como objetivos promover servicios básicos, garantizar los derechos humanos, elementos de esta justicia social; tiene también la posibilidad de promover la participación, el luchar contra la discriminación y buscar esta igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.
“Es un tema que en la actualidad ha aprobado el Congreso del Estado a través de la Ley de Acceso a las Mujeres una vida libre de violencia; las últimas reformas tienden a estar disminuyendo estas brechas”, concluyó.